CONVENIO COLECTIVO
Art. 3º XXIV CONVENIO COLECTIVO:
El
Convenio quedará automáticamente denunciado el 1 de junio de 2016, debiendo
iniciarse las negociaciones del siguiente Convenio a partir del 1 de julio de
2016. 4. Denunciado el Convenio, en tanto no se llegue a un acuerdo expreso
sobre el nuevo, se entenderá que su contenido normativo se prorroga
automáticamente, incrementándose anualmente, en el mes de enero, los conceptos
salariales incluidos en las tablas de retribuciones a cuenta del nuevo Convenio
Colectivo en un 2 por 100 en el caso de que el PIB del año anterior hubiera
aumentado más del 1 por 100.
TABLAS SALARIALES 2019
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CATEGORIA
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SALARIO
BASE 2018
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SALARIO
BASE 2019 + 2%
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TÉCNICO
FARMACIA
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1243,86
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1268,77
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AUXILIAR DE
FARMACIA
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1131,14
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1153,76
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